La Criminología ha sufrido,
desde sus inicios, una serie de cambios vinculados a la concepción que se tenía
en cada momento histórico sobre el delito y la conducta del delincuente.
Así, se vivió la etapa de la
Criminología Clásica, la etapa del Revisionismo Neoclásico y la etapa de la revolución positivista.
De la Escuela Clásica, ya
mencionamos algunas características. En cuanto a la segunda, sustenta la
revisión de algunas de las concepciones clásicas, como por ejemplo, la
aplicación de medidas penales universales sin tomar en consideración las
diferencias individuales entre los delincuentes y la incorporación al ámbito de
la criminología de especialistas de otras disciplinas ajenas al derecho penal
como el psiquiatra y posteriormente el trabajador social.
En cuanto a lo que concierne al
paradigma positivista, el cual actualmente sigue teniendo amplia vigencia en
algunos contextos, éste se fundamenta en la aplicación a los fenómenos
sociales, en general, y al comportamiento humano, en particular, de los
instrumentos y técnicas que se estipulan como fundamentales y eficaces para el
estudio del mundo físico.
a) Escuela Positiva
La Escuela Positiva se presenta
como la superación del liberalismo individualista, en demanda de una defensa de
la sociedad.
La Escuela fundamenta el derecho
a castigar en la necesidad de la conservación social y no en la mera utilidad,
anteponiendo los derechos de los hombres honrados a los derechos de los
delincuentes.
La Escuela Positiva nace en el
siglo XIX. Su creador fue Cesar Lombroso
como una reacción contra la Escuela Clásica.
La Escuela positiva es un cuerpo
orgánico de concepciones que estudian al delincuente, al delito y su sanción,
primero en su génesis natural, y después en sus efectos jurídicos, para adaptar
jurídicamente a las varias causas que lo producen los diversos remedios, que
por consiguientes serán eficaces. (Ferri)
La escuela criminal positiva no
consiste únicamente, en el estudio antropológico del criminal, pues constituye
una renovación completa, un cambio radical de método científico en el estudio
de la patología social criminal, y de los que hay de más eficaz entre los
remedios sociales y jurídicos que nos ofrece.
La Escuela hizo de la ciencia de
los delitos y de las penas una ciencia de observación positiva, que, fundándose
en la antropología, la psicología y la estadística criminal, y así de como el
derecho penal y los estudios penitenciarios, llega a ser la ciencia sintética
que Ferri llamó sociología criminal.
Los postulados de esta Escuela
son:
1º. Ius puniendi: el derecho a
imponer sanciones pertenece al Estado a titulo de defensa social.
2º. El método es inductivo –
experimental: la escuela Positiva se caracteriza por su método científico.
3º. El delito es un hecho de la
naturaleza y debe estudiarse como un ente real, actual y existente.
4º. El delincuente es aquella
persona que comete delitos por influencias del medio en que vive. La Escuela
busca la readaptación del delincuente y, para estos, establece los sustitutivos
penales.
5º. Determinismo. La voluntad
del hombre no juega ningún papel en sus actos. El hombre no tiene libre
albedrío. El ser humano esta determinado a cometer delitos.
6º. La responsabilidad penal.
Sustituye la responsabilidad moral por la responsabilidad social, puesto que el
hombre vive en sociedad y será responsablemente social mientras viva en sociedad.
7º. El concepto de Pena se
sustituye por el de sanción: la sanción va de acuerdo a la peligrosidad del
criminal. Las sanciones deben durar mientras dure la peligrosidad del
delincuente y por eso son de duración indeterminada.
8º. Proporcionalidad de la pena.
Busca la proporcionalidad de la pena, no se debe castigar conforme a lo que
dicen los Códigos, sino que tiene que haber sustitutivos penales. Por ejemplo,
un menor que comete asesinato no se lo puede sancionar con 30 años de
reclusión, sino que, antes se debe estudiar sus antecedentes, las causas por
las que cometió tal acto, las atenuantes, etc. y se debe buscar su
readaptación.
Substitutivos penales. Más
importante que las penas son los sustitutivos penales.
9º. Tipos de delincuentes. Acepta "tipos" criminales.
10º. Legislación penal. La
legislación penal debe estar basada en los estudios antropológicos y
sociológicos.
11º. La ley penal. La ley penal
no restablece el orden jurídico, sino que tiene por misión la de combatir la
criminalidad considerada como fenómeno social.
DIFERENCIAS CON LA ESCUELA CLASICA
Para la Escuela Positiva la pena
debe ser útil. La Escuela Clásica no habla de utilidad.
La Escuela Positiva busca la
readaptación del criminal. La Escuela
Clásica solo ve el delito y sanciona; no ve al delincuente.
La Escuela Positiva busca e
investiga las causas del delito. La Escuela Clásica no busca las causas del
delito, ya que el delincuente actúa en base a su libre albedrío.
La Escuela Positiva, algunas
veces, no sanciona al delincuente, solo le aplica medidas de seguridad. La
Escuela Clásica siempre sanciona al delincuente ya que no ve las causas que
llevaron al delincuente a cometer actos delictivos.
b) Escuelas Intermedias
La Escuela Ecléctica
Esta escuela tiene su fundamento
teórico basado en el mismo que el de la Escuela Clásica, que es el contrato
social. Esta escuela no es una escuela en sí, sino la reunión de varias escuelas
reunidas en esta corriente.
La diferencia entre la Escuela
Clásica y Positiva está en que éstas tenían una serie de normas con las que si
no se estaba de acuerdo con una, se rompían todas las demás. Era un esquema
casi perfecto.
El objetivo de la Escuela
Ecléctica, era la de romper con esas reglas o esquemas monolíticos y crear algo
diferente.
El presupuesto operante de esta
Escuela, es la igualdad material y como en la Escuela clásica, radica su
responsabilidad en lo individual, pero, le agrega el concepto de situación,
referente al medio físico y social.
Escuela Social
Está apoyada por el filosofo
Durkheim y esta escuela no tiene su fundamento en el contrato sino en la dialéctica.
Esta escuela tiene antecedentes
en la cartográfica y en la de interpsicología. Las sociedades tienen los
criminales que se merecen y el medio social es el caldo del cultivo de la
criminalidad mientras que el microbio es el criminal.
Para la escuela social, el
presupuesto operante es el de la desigualdad material y la división del
trabajo.
Su sistema jurídico busca ante
todo una justicia social y tiene un criterio político que busca la comprensión
y mejoras sociales.
Esta escuela permite un fuerte
avance de la criminología y favorece la maduración de la misma hacia una
posterior integración, todavía inexistente, con el Derecho Penal.
El mérito principal de la
escuela social radica en introducir el concepto de "función social del
derecho", en el cual, la ley aparece como el mejor mecanismo para lograr
una justa composición y un equitativo desarrollo de la sociedad.
Escuela Anómica
Su fundamento teórico esta
basado en la anomia, que es una situación en la cual el desarrollo social desborda
al control institucional.
El presupuesto está fundamentado
en la desigualdad material y una mayor división del trabajo. Sigue la
responsabilidad en el campo individual pero aparece la tendencia a
socializarla.
El principal aporte fue víctima
de las peores criticas y rechazos: interpretación de la delincuencia
proletaria, estadísticamente muy representada en las cifras policiales de
criminalidad.
Teorías Ambientales
Su presupuesto está basado en la
desigualdad material y la muy grande división del trabajo. La responsabilidad
deja de ser individual y se convierte en social y grupal.
El principal aporte de esta
Escuela Ecológica, con sede en Chicago y producto de las inmigraciones
incontroladas de europeos, es la interpretación de la delincuencia de la mafia.
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